Profesión de Actuario
de seguros
Descubre cómo acceder a la profesión de Actuario
Colegio Profesional
El Instituto de Actuarios Españoles
El Instituto de Actuarios Españoles, Corporación de Derecho Público con competencias de Colegio Profesional de ámbito nacional, representa a la profesión actuarial en España, defendiendo sus intereses corporativos, garantiza su independencia y la vigencia de los valores básicos de la profesión, y presta a sus colegiados los servicios que necesitan para el mejor desempeño de su trabajo. Es miembro de:
Instituto de Actuarios Españoles
Cómo adquirir la cualificación profesional de actuario
Para obtener la cualificación profesional de actuario es preciso adquirir una serie de competencias en diferentes disciplinas (Estadística, Matemática Financiera, Matemática Actuarial, pero también Economía, Fiscalidad, Finanzas, Contabilidad, Seguridad Social y Derecho). En España se acredita por medio del Máster Oficial en Ciencias Actuariales y Financieras, y la colegiación en el Instituto de Actuarios. El Máster tiene carácter profesional e interdisciplinar, y se imparte en Facultades de Ciencias Económicas y Empresariales.
FAQ
Preguntas frecuentes
Un actuario es aquella persona con un título superior universitario de carácter avanzado y especializado en ciencias actuariales y financieras, colegiada en el Instituto de Actuarios Españoles.
A efectos europeos, actuario es un miembro de alguno de los colegios profesionales de actuarios miembros de la Actuarial Association of Europe.
Los actuarios son expertos en riesgos, con conocimientos y habilidades matemáticas, estadísticas y económicas, que miden probabilidades y riesgos de eventos futuros, para mitigarlos y asumirlos.
La disposición adicional novena de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras indica que el actuario requiere de la obtención de “un título superior universitario de carácter avanzado y especializado en ciencias actuariales y financieras”.
El artículo 7 del Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, indica que “el nivel de Máster se constituye en el nivel 3 del MECES, en el que se incluyen aquellas cualificaciones que tienen como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras”.
Se imparte en nueve universidades.
Las universidades que lo imparten están repartidas por las principales comunidades autónomas españolas: Comunidad de Madrid (Universidad Complutense de Madrid, Universidad Carlos III de Madrid, Universidad de Alcalá, Universidad Rey Juan Carlos), Cataluña (Universidad de Barcelona), País Vasco (Universidad del país Vasco), Comunitat Valenciana (Universidad de Valencia), Andalucía (Universidad de Málaga) y Castilla y León (Universidad de León).
La colegiación directa en el Instituto de Actuarios se puede solicitar habiendo superado el máster en las universidades: Universidad Complutense de Madrid, Universidad Carlos III de Madrid, Universidad de Alcalá, Universidad Rey Juan Carlos, Universidad del país Vasco, Universidad de Valencia, Universidad de Málaga, y Universidad de León. Los egresados de la Universidad de Barcelona que hayan iniciado el MCAF a partir del curso 2022/23 también podrán colegiarse.
En estos casos hay que estar a lo que dice el Real Decreto de Reconocimiento de Cualificaciones Profesionales, e iniciar el trámite correspondiente ante la Comisión de Reconocimiento de las Cualificaciones Profesionales para la profesión de Actuario. Superado este trámite, se puede solicitar la colegiación en el Instituto de Actuarios con la resolución.
Las licenciaturas en ciencias económicas y empresariales, rama de economía de la empresa, especialidad actuarial y financiera, así como la licenciatura en ciencias actuariales y financieras, están reconocidas por la ANECA como nivel MECES 3 Máster.
Dejaron de impartirse tras la entrada en vigor de “Bolonia” y los Máster Universitarios en Ciencias Actuariales y Financieras, pero tienen plena validez, al igual que el Título Profesional de Actuario de Seguros, y al estar asimilados a nivel MECES3.
Por tanto, quienes posean estos títulos, pueden colegiarse en el Instituto de Actuarios Españoles.
Únicamente se puede tras superar un Máster Universitario en España, y cuya memoria de verificación haya sido aprobada por el Instituto de Actuarios en virtud de sus competencias como colegio profesional. Dicho Máster requiere un mínimo de 120 créditos ECTS y cumplir con los objetivos y competencias del Core Syllabus para la profesión, que es lo que valida el Instituto.
El Ministerio de Universidades comprueba la denominación propuesta para el título (Máster Universitario en Ciencias Actuariales y Financieras), la adecuación del plan de estudios propuesto a la normativa aplicable, la validación del Instituto como Colegio Profesional, y el informe emitido por la agencia de calidad competente (ANECA o una agencia autonómica), y finalmente el informe del Consejo de Universidades.
No, ningún Máster que habilita para el acceso a la profesión y a la colegiación es virtual ni híbrido. Exclusivamente son presenciales tanto en metodología docente como en exámenes.
Las características de la formación no lo permiten ni lo aconsejan para mantener unos estándares de calidad acordes a los demandados por el mercado y a su empleabilidad, y para que las tasas de finalización sean elevadas.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, la modalidad docente presencial es aquella que se desarrolla interactuando el profesorado y el estudiantado en el mismo espacio físico, no reuniendo esta condición un espacio lectivo virtual ni en modalidad síncrona ni asíncrona.
Los actuarios asumen importantes responsabilidades en entidades aseguradoras y en materia de previsión social.
Desde 2015, con la entrada en vigor de Solvencia II en España, y en 2020 con la entrada en vigor de IORP II, además de las funciones tradicionales de actuario de pricing o de reserving, asumen también las funciones claves de gestión de riesgos y actuarial, y sin reserva de actividad pueden hacerlo en la función de cumplimiento normativo y en la función de auditoría interna.
También ejercen una importante labor previsional de protección de las víctimas de accidentes de tráfico, en aplicación del Baremo de Autos.
El artículo 3º del Decreto 12/1959, de 8 de enero, sobre Constitución del Instituto de Actuarios Españoles (BOE nº 10, de 12 de enero de 1959), establece que la colegiación en dicho Instituto será obligatoria para el ejercicio de las actividades profesionales privadas de los Actuarios de Seguros.
El Instituto de Actuarios Españoles es una Corporación de Derecho Público, con competencias de Colegio Profesional de ámbito nacional para la profesión de actuario.
Entre las funciones previstas en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, se encuentra “participar en la elaboración de los planes de estudio e informar las normas de organización de los Centros docentes correspondientes a las profesiones respectivas y mantener permanente contacto con los mismos”, en todo el ámbito territorial español, al ser un colegio profesional de ámbito nacional en nuestro caso.
De ahí que tengamos por Ley la competencia de informar las memorias de verificación de todo Máster Universitario en Ciencias Actuariales y Financieras que habilite para el acceso a la colegiación y el ejercicio profesional.
Sí, cumpliendo siempre con la legislación de cada país. En el caso de Europa, dentro de un marco común configurado por las distintas Directivas sectoriales y de cualificaciones profesionales, así como por la aplicación para los fully qualified actuaries del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (Mutual Recognition Agreement, MRA) de la Actuarial Association of Europe, de la que el Instituto es miembro de pleno derecho.